Sesión: 327

Fecha 1: 2010/10/07

Fecha 2:

Numero de acuerdo: 327.8

Acuerdo: 

Aprobación de las Reglas provisionales que permitan la contratación del personal académico para iniciar las actividades docentes en la Unidad Lerma, en tanto se integran los correspondientes órganos colegiados y comisiones dictaminadoras divisionales de la Unidad, en los siguientes términos:

 

PRIMERA.    El ingreso de los profesores ordinarios, por tiempo indeterminado y determinado, será evaluado y dictaminado por las comisiones dictaminadoras de área previstas en los artículos 14 y 15 del RIPPPA, según la disciplina a la que pertenezca cada aspirante y las funciones a desarrollar.

 

EI jefe de departamento redactará y firmará las convocatorias respectivas conforme a las necesidades académicas previamente determinadas entre los demás jefes de departamento y el director de la división.

 

SEGUNDA.   El ingreso de los profesores visitantes será acordado por el director de la división y los jefes de departamento respectivos, para lo cual se observará el siguiente procedimiento:

 

  1. La propuesta podrá ser presentada por alguno de los jefes de departamento o por el director de la división respectiva;
  2. Si los jefes de departamento y el director de división acuerdan favorablemente el ingreso, éste remitirá la propuesta y documentación necesaria a la comisión dictaminadora de área que corresponda, según la disciplina a la que pertenezca el profesor visitante y las funciones a desarrollar, la que fijará categoría y nivel en un plazo de diez días hábiles, y
  3. El director de división, una vez recibido el dictamen correspondiente, remitirá la propuesta al Rector General para, en su caso, realizar la contratación del profesor visitante.

 

TERCERA.   Salvo las particularidades expresamente señaladas en estas Reglas, la evaluación académica y demás etapas del procedimiento de ingreso del personal académico se realizarán conforme a las disposiciones del RIPPPA y del Tabulador para Ingreso y Promoción del Personal Académico, aplicables para cada caso.

 

T R A N S I T O R I O

 

ÚNICO.          Las presentes Reglas entrarán en vigor al día hábil siguiente de su publicación en el Semanario de la UAM y su vigencia concluirá conforme se integren los correspondientes órganos colegiados y comisiones dictaminadoras divisionales de la Unidad Lerma.