Sesión: 327

Fecha 1: 2010/10/07

Fecha 2:

Numero de acuerdo: 327.9

Acuerdo:

Aprobación de los Criterios para la elaboración del Calendario Escolar, en los siguientes términos:

 

CRITERIOS GENERALES:

 

  1. Se procurará que los trimestres sean de 55 días de clases. En ningún caso deben tener menos de 51 días.
  2. Las clases, los periodos de evaluaciones globales y de entrega de actas se procurará sean continuos.
  3. Las evaluaciones globales se realizarán dentro de los cinco días hábiles siguientes al término de las clases.
  4. Los procesos de inscripción y reinscripción se procurará se realicen durante las dos semanas anteriores al inicio de clases.
  5. Concluido el periodo previsto para la entrega de actas de evaluación global, contar al menos con dos días hábiles para realizar actividades relacionadas con los registros escolares.
  6. Se procurará que el calendario del siguiente año escolar se apruebe, a más tardar, en el Trimestre de Invierno.
  7. En el periodo comprendido entre los trimestres de Primavera y Otoño se podrán programar cursos de verano.

 

TRIMESTRE DE OTOÑO

 

TRIMESTRE DE INVIERNO

 

TRIMESTRE DE PRIMAVERA