Sesión: 402

Fecha 1: 2016/10/14

Fecha 2:

Numero de acuerdo: 402.5

Acuerdo:

Aprobación de la modificación al Acuerdo 248.6 del Colegio Académico, sobre el procedimiento de elaboración y estructura de las actas de este órgano colegiado, en los siguientes términos:

 

  1. Los puntos del orden del día.

 

  1. Una síntesis de los argumentos, a favor o en contra, expresados en cada punto.

 

  1. La trascripción textual de los acuerdos tomados.

 

  1. Los miembros del Colegio Académico, al iniciar o al concluir sus intervenciones, podrán solicitar que éstas se identifiquen nominalmente con la indicación del sector al que se representa, o se transcriban de forma íntegra (circunstanciada).

 

  1. Los miembros del Colegio Académico, al iniciar la discusión de un punto, podrán solicitar que ésta se transcriba de forma íntegra (circunstanciada). Esta solicitud requerirá la aprobación de dos tercios de los miembros presentes.

 

  1. Los miembros del Colegio Académico interesados en que su intervención se incorpore con mayor precisión en el acta de la sesión, entregarán por escrito su propuesta a la Secretaría del Colegio Académico, previa lectura de la misma durante la sesión correspondiente.

 

  1. Los miembros del Colegio Académico inconformes con el contenido del acta de la sesión, por considerar que ésta no refleja el sentido de su intervención, podrán revisar la grabación de la sesión y, en su caso, presentar por escrito su propuesta de redacción, la cual deberá coincidir con el sentido de la intervención consignada en la grabación y no podrá cambiarse ni adicionarse argumento alguno, por lo que al presentar la nueva redacción deberán leerla en la sesión correspondiente.

 

El plazo para realizar la revisión y presentar, en su caso, la nueva redacción para la parte relativa del acta, será dentro de los cinco días hábiles que transcurren entre la notificación de la convocatoria a la sesión y la fecha en que ésta se llevó a cabo.

 

  1. Para difundir los acuerdos adoptados por el Colegio Académico y cuando los miembros colegiados deseen ampliar alguna información, se observará lo siguiente:

 a) Las actas por aprobar se deberán acompañar de la relación de los acuerdos que contengan. Dicha relación se publicará en el Semanario de la UAM.

 b) Una vez aprobadas las actas, se publicarán en la página electrónica del Colegio Académico.

 c) Las grabaciones de cada sesión podrán ser consultadas en la Secretaría del Colegio Académico y, en su caso, en las secretarías de los respectivos consejos académicos.