Sesión: 429

Fecha 1: 2017/10/31

Fecha 2:

Numero de acuerdo: 429.5

Acuerdo:

El Colegio Académico fue informado del oficio DGR/D/D1/5402/2017, que contiene el Pliego de Observaciones 484/2017, emitido por la Auditoría Superior de la Federación, correspondiente a la auditoría 197-DS “Construcción de la Segunda Etapa de la Unidad Cuajimalpa; del Módulo A del Edificio de Ciencia y Tecnología de la Unidad Iztapalapa en la Ciudad de México y de la Tercera Etapa de la Unidad Lerma, en el Estado de México”, de la Fiscalización Superior de la Cuenta Pública 2015.

 

Los requerimientos concretos que formuló la Auditoría Superior de la Federación al Colegio Académico consisten en que le informe sobre el seguimiento a la atención que la Universidad debe brindar, dentro del plazo otorgado, para solventar las irregularidades a que se refiere el Pliego de Observaciones y, en su caso, la instrucción del procedimiento administrativo disciplinario cuando existan elementos y así proceda, resolviendo, en su caso, sobre la existencia de responsabilidad e imponiendo al infractor las sanciones administrativas correspondientes, con excepción del fincamiento de indemnizaciones y sanciones pecuniarias que corresponden a la Auditoría Superior de la Federación. 

 

Para atender lo anterior se presentó ante este órgano colegiado la documentación que se remitirá a la Auditoría Superior de la Federación para solventar el Pliego de Observaciones, particularmente los contratos y los estados de cuenta correspondientes a los recursos federales recibidos por la Universidad en el ejercicio fiscal 2015, en el capítulo 6000, Inversión Pública, con los que se comprueba que estos recursos y sus respectivos intereses se encuentran depositados en dichas cuentas a nombre de la Universidad como parte de su patrimonio, de conformidad con el artículo 4, fracción II de la Ley Orgánica de esta Institución, con asignación a las unidades Cuajimalpa, Lerma e Iztapalapa, en términos del Programa de Obras que se indica en el Presupuesto de Ingresos y Egresos de la Institución para 2016, aprobado por el Colegio Académico en la sesión 387, celebrada el 17 de diciembre de 2015.

 

Con esta documentación y aclaraciones se comprueba que no se ha causado daño al patrimonio de la Universidad, como se indica en el Pliego de Observaciones 484/2017, por lo que no existe una irregularidad en cuanto al destino de los recursos que le fueron asignados en 2015, en el capítulo 6000 (Inversión Pública).

 

Independientemente de que no se presenta irregularidad que sancionar, el Colegio Académico no cuenta con una atribución expresa que le permita atender e iniciar el procedimiento administrativo disciplinario, como lo requiere la Auditoría Superior de la Federación en el Pliego de Observaciones 484/2017, ya que para ello se requeriría que la competencia para sancionar y el procedimiento que se debe observar, se encuentre normado expresamente y de manera previa a la fecha en que supuestamente se presentaron los actos u omisiones materia del Pliego de Observaciones, y ese no es el caso, sobre todo cuando un procedimiento de estas características tiene como una posible consecuencia la aplicación de sanciones a personas determinadas.

 

Este órgano colegiado solicita a la Auditoría Superior de la Federación que tenga por atendidos los requerimientos citados y, al Rector General, que en su oportunidad le informe sobre la determinación que tome la Auditoría con respecto al Pliego de Observaciones de referencia. Además, reitera que la transparencia y la rendición de cuentas en el manejo de los recursos institucionales deben ser el eje de una gestión efectiva, así como elementos inherentes a la autonomía con la que cuenta esta Universidad y a los valores universitarios que defiende.