Sesión: 52

Fecha 1: 1984/05/08

Fecha 2:

Numero de acuerdo: 52.10

Acuerdo: Ampliación del mandato de la Comisión encargada de elaborar un diagnóstico sobre el funcionamiento de las Comisiones Dictaminadoras, para que realice los siguientes estudios:

I. En virtud de que la causal número XII del artículo 139 del Reglamento de Ingreso, Promoción y Permanencia del Personal Académico es la que origina el mayor número de contrataciones temporales de personal académico, se recomienda que se realice un estudio para los siguientes propósitos:

1.1 Se procure que las Comisiones Dictaminadoras por áreas de conocimiento tengan una proporción semejante de dictáinenes. Para tal fin se deberán analizar los siguientes aspectos:

1.1.1 Las impugnaciones y las inconformidades

1.1.2 El funcionamiento de los asesores

1.1.3 Las especialidades que se incluyen en cada Dictaminadora.

1.2 Se cumplen los plazos que se estipulan en el Reglamento de Ingreso, Promoción y Permanencia del Personal Académico para desarrollar los dictámenes o, en su caso se modifiquen tales plazos de acuerdo con la experiencia tenida hasta el momento.

1.3 Proporcionar más y mejores apoyos a las Comisiones Dictaminadoras de áreas de parte de órganos personales e instancias de apoyo correspondientes.

II. Examinar la posibllidad de prorrogar una contratación temporal, hasta por un año, sin que se realice un nuevo concurso de evaluación curricular. Este procedimiento se observará siempre y cuando subsista la causal y la contratación no hubiera excedido del plazo mencionado.

III. Examinar de qué manera es comparable la situación del personal académico por tiempo determinado con el modo en que los ayudantes de profesor pasan a ser personal académico por tiempo indeterminado, y determinar si esto añade soluciones al problema de las contrataciones temporales.